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title: "Destrucción de soportes y documentos ¿como lo hago?"
description: "La destrucción de soportes y documentos es algo que se nos plantea a todos. Seguro que te ha pasado en mas de alguna ocasión que decides cambiar de ordenador o se te ha estropeado el ordenador con el que trabajas."
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date: 2014-10-16
modified: 2020-07-19
author: "Marina Brocca"
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categories: ["Protección de Datos"]
type: post
lang: es
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# Destrucción de soportes y documentos ¿como lo hago?

La destrucción de soportes y documentos es algo que se nos plantea a todos.

Seguro que te ha pasado en mas de alguna ocasión que decides cambiar de ordenador o se te ha estropeado el ordenador con el que trabajas.

También puede ocurrir que decidas cambiar de oficio y ya no quieras (ni debas) conservar información de antiguos clientes y proveedores.

O eres presidente de un partido político y tu ex tesorero deja el cargo y su Mac 😉

## **¿Cómo puedas deshacerte de la información allí contenida?**

Hoy te voy a explicar cómo debes actuar para preservar la confidencialidad de los datos allí almacenados.

### **¿Qué dice la LOPD sobre la destrucción?**

[En el CAPÍTULO III art. 92](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2008-979) , en el apartado 4 que recoge como debe realizarse la gestión de soportes y documentos se expresa:

*“Siempre que vaya a **desecharse** cualquier documento o soporte que contenga datos de carácter personal deberá procederse a su destrucción o borrado, mediante la adopción de medidas dirigidas a evitar el acceso a la información contenida en el mismo o su recuperación posterior”*** **

**¿Cómo puedo realizarlo?**

Para desechar cualquier soporte que pueda contener información personal, como CDs, pendrives cintas, discos removibles, listados, memorias removibles de cualquier tipo, o incluso los propios ordenadores obsoletos que contengan discos e almacenamiento, deberán ser **eliminados o destruidos** de acuerdo con un **Procedimiento para la Destrucción de Desechos Informáticos.**

La primera norma que debes recordar es que ningún desecho informático, ya sea listado u otro tipo de soporte, nunca debe ser dejado para retirar o cedido a terceros sin ser destruido o depositado en el contenedor de una empresa encargada de la destrucción de los datos.

### **¿Cuáles son las formas más seguras de destruirlos?**

Para asegurarnos que la información será suprimida de manera definitiva, los procedimientos más seguros son los siguientes:

1. **Presión neumática:** perforación física del disco, mediante presión.
2. **[Degaussing:](http://en.wikipedia.org/wiki/Degaussing) o ** desmagnetización  supone el borrado de la información mediante aplicación de campos electromagnéticos.
3. **[DiskWiping](http://www.diskwipe.org/):** mecanismo de borrado físico de los datos empleando herramientas software adecuadas como: PGP Wipe, Eraser, SDelete.

#### **¿Qué ocurre si quiero regalar o ceder esos soportes?**

En ese caso debes formatear el disco duro o utilizar un programa especial que elimine de forma segura todos los datos de los discos duros.

#### **¿Y si el ordenador está estropeado?**

Si el ordenador estuviese estropeado y no se pudiese realizar la operación de limpiado, se deberán desmontar los discos duros y depositarlos en el Contenedor de la empresa de reciclaje para su destrucción.

#### **¿Qué pasa con los archivos de papel?**

Lo más recomendable para informes en papel o CDs que contengan datos de carácter personal más sensible y no sean voluminosos, es destruirlos en una destructora de papel o si tienes datos especialmente protegidos o sensibles, contratar a una empresa destructora homologada que certifique la destrucción. segura y confidencial, que haga constar los procedimientos o mecanismos adoptados y el momento en que se efectuó la destrucción definitiva.

En caso de no existir máquina destructora de papel y CDs o en el caso de que los listados e informes sean muy voluminosos, deberán ser depositados en unos contenedores confidenciales herméticos para ser entregados a una compañía de reciclaje que garantice mediante contrato la destrucción de los mismos.

#### **Disquetes y soportes removibles**

Todos los disquetes y otros soportes removibles desechados deberán ser formateados y entregados para su reutilización.

#### **¿Cuánto tipo debo conservar la información hasta poder destruirla?**

Antes de destruir soportes debemos verificar que la información incluida en ellos ha cumplido con el plazo legal de conservación.

**¿Cuáles es eso plazo de destrucción de soportes?**

Si estás adecuado a la [LOPD](https://marinabrocca.com/crees-que-cumples-lopd-seguro/) sabrás que el plazo de conservación de 3 años a partir de **haber finalizado el tratamiento de la información**. Así, la razón de su conservación sería una eventual reclamación por parte de un afectado, que implicaría una puesta a disposición del Poder Judicial de los datos del reclamante, a efecto de juzgar la legalidad de su tratamiento.

*“No obstante, **podrán conservarse durante el tiempo en que pueda exigirse algún tipo de responsabilidad derivada de una relación u obligación jurídica** o de la ejecución de un contrato o de la aplicación de medidas precontractuales solicitadas por el interesado” *(En el ayuntamiento de Madrid no parecen haber considerado esta cuestión)

Lo más importante es actuar con responsabilidad, no pensar solo en evitar la sanción, porque lo verdaderamente relevante es** garantizar la seguridad y confidencialidad de la información** que nos ha sido confiada.

**Nota posterior:** Hoy, a 29/05/2015 hemos sabido por la prensa que el ayuntamiento de Madrid, ha **[destruido de forma masiva documentos](http://www.publico.es/politica/ccoo-denuncia-destruccion-masiva-documentos.html)[ ](http://www.elmundo.es/madrid/2015/05/28/556732d9268e3e8c798b458b.html), **por su volumen, se trata de ingentes cantidades de información.

[![Destrucción](https://marinabrocca.com/mb/wp-content/uploads/2014/10/destrucción-masiva-en-el-Ayuntamiento-de-Madrid-300x154.jpg)](https://marinabrocca.com/mb/wp-content/uploads/2014/10/destrucción-masiva-en-el-Ayuntamiento-de-Madrid.jpg)

*destrucción masiva en el Ayuntamiento de Madrid*

Aquí estamos hablando de **destrucción o inutilización de documentos públicos** que está tipificado como delito en el art. 413 del Código Penal: «La autoridad o funcionario público que, a sabiendas, sustrajere, destruyere, inutilizare u ocultare, total o parcialmente, documentos cuya custodia le esté encomendada por razón de su cargo, incurrirá en las penas de prisión de uno a cuatro años, multa de siete a veinticuatro meses, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres a seis años»

¿Debatimos?
