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title: "Vender por WhatsApp puede salir caro"
description: "Vender por WhatsApp , ese gran canal rebosante de prospectos...No es que este obsesionada con el tema, pero hoy he encontrado esta sentencia de la AGPD donde condenan a una empresa por aplicar esta \"brillante\" idea. Un día, a un"
url: https://marinabrocca.com/vender-por-whatsapp-puede-salir-caro/
date: 2014-11-12
modified: 2018-06-15
author: "Marina Brocca"
image: https://marinabrocca.com/wp-content/uploads/2014/09/WhatsApp.jpg
categories: ["Marketing Legal"]
type: post
lang: es
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# Vender por WhatsApp puede salir caro

**Vender por WhatsApp**, ese gran canal rebosante de prospectos…No es que este obsesionada con el tema, pero hoy he encontrado [esta sentencia de la AGPD](http://www.agpd.es/portalwebAGPD/resoluciones/procedimientos_sancionadores/ps_2014/common/pdfs/PS-00236-2014_Resolucion-de-fecha-24-10-2014_Art-ii-culo-21-LSSI.pdf) donde **condenan** a una empresa por aplicar esta «brillante» idea.

Un día, a un señor se le encendió la lamparita o sencillamente, leyó un post donde le explicaban como utilizar WhatsApp como canal de prospección.

Decide entonces, de forma capciosa, enviar SMS a discreción a un número indefinido de usuarios.

En este caso, la denunciante recibió un mensaje por SMS que decía lo siguiente:

*“ Te vi en el Facebook. Espero q no te moleste q te hable. Tienes whatsapp ? Te puedo agregar así no gasto por aquí?(publi, 1,45E, **Polindus, CAC 902******)”.*

Digo capciosa, porque da a entender que es un conocido que quiere agregarte a WhatsApp,a menos que veas que debajo aparece:

*(publi, 1,45E,Polindus, CAC 902******)”.*

### Las sentencias existen

Si no has leído los dos post que desarrollé en su momento, puedes solucionar dudas leyendo: Porque [WhastApp puede expulsarte ](https://marinabrocca.com/whatsapp-puede-expulsarte/)del servicio y [WhatsApp para vende](https://marinabrocca.com/whatsapp-para-vender-se-puede/)r, ¿se puede?

Verás que la legislación regula el uso de comercial de la aplicación e impone sus restricciones pero que [la propia aplicación en sus condiciones ](http://www.whatsapp.com/faq/es/general/28030003), también impide su utilización con fines comerciales.

El el primer caso pueden sancionarte, el el segundo, expulsarte del servicio.

El caso es que la usuaria receptora del mensaje, conocedora de sus derechos, denunció a la empresa por remitirle ** **una **comunicación comercial** por medios electrónicos **sin la autorización previa** **y expresa del destinatario** y sin acreditar la existencia de una relación comercial previa de servicios similares a los ofrecidos en los SMS.

También hoy leí que WhatsApp puede expulsarte si recibes mas de 20 bloqueos de otros usuarios, así que mires como lo mires, es mejor que te olvides de WhatsApp como canal de venta.

### La LSSI prohíbe las comunicaciones comerciales no solicitadas o expresamente autorizadas

Esto es algo que señalado en gran parte de mis post: **el consentimientno como piedra angular** de las comunicaciones comerciales.

**Conclusión:** La empresa emisora fue condenada a una sanción de 3000€

Los [expedientes sancionadores](http://www.agpd.es/portalwebAGPD/resoluciones/procedimientos_sancionadores/ps_2014/common/pdfs/PS-00236-2014_Resolucion-de-fecha-24-10-2014_Art-ii-culo-21-LSSI.pdf) existen, y las reglas de juego también, si no quieres recibir uno como este, **no utilices WhatsApp como canal comercial.**
