Servicios gratis respetando la LOPD

Servicios gratis respetando la LOPD

Si estás ofreciendo productos o servicios gratis en tu blog o web para incentivar al usuario, debes tener en cuenta que el hecho de que sea “gratis” no implica menos obligaciones legales.

Ofrecer un incentivo real y concreto para que tu potencial cliente tenga una actitud proactiva respecto a tus servicios es algo prácticamente masivo, una de las estrategias mas socorridas para captar leads, click, suscriptores, etc.

Puede que estés ofreciendo un tutorial, un e-book, un informe o cualquier otro contenido descargable, lo cierto, es que, en realidad, llamamos “gratis” a algo que en realidad es un intercambio y en donde existe una contraprestación por parte del usuario.

El caso es que no existe  lo estrictamente gratis, es decir, el arte de dar sin esperar nada a cambio.

¿Me equivoco?

Datos a cambio de servicios gratis

Casi todas las propuestas (aunque yo creo que todas)  que ofrecen  productos o servicios gratis, llevan implícito algún requerimiento al usuario:

  • Que se suscriba a nuestro boletín
  • Que visualice y/o realice click en anuncios o enlaces
  • Que nos dé un like
  • Que nos siga en redes sociales
  • Etc.

En todos los casos hay un canje muy claro, por tanto, el producto o servicio gratis está condicionado a una acción concreta por parte del usuario.

Lo que importa es rentabilizar los productos o servicios gratis que ofrecemos a cambio de algo que nos proporciona el usuario.

Google Adsense, la monetización del click y la Ley de cookies

Una de las formas más comunes de monetizar una página web es incluyendo publicidad en ella, por ejemplo, utilizando Google Adsense.

En el caso de Adsense, se trata de la red de banners de publicidad de Google.

Los banner proporcionan un doble ingreso a las webs, pagan por CPC (pago por click) y por RMP (pago por cada mil impresiones del anuncio), por lo que cuanta más audiencia tenga una web, mayores ingresos obtiene, por eso, se intentará potenciar los clicks en los anuncios con productos o servicios gratis.

Respecto a la LOPD, has de saber que los banners Adsense introducen cookies en el navegador del usuario que también deberás informar en tu política de cookies. Estas cookies sirven para hacer tracking sobre el click que ha hecho el usuario por lo que Google rastrea su navegación y recoge información del usuario por la que luego paga al responsable de la web.

Por tanto, si estas incentivando click ofreciendo productos o servicios gratis a través de Google Adsense, DoubleClick for Publishers y DoubleClick Ad Exchange, debes cumplir la LOPD y la LSSI.

Al ser una cookie que recoge información personal, debes  generar obligatoriamente un aviso de advertencia ya que exigen que recabes el consentimiento previo informado del usuario que visita tu página antes de instalarlas en su ordenador.

Pocos lo hacen correctamente, pero debes recordar que si instalas  cookies de Google Adsense, DoubleClick for Publishers y DoubleClick Ad Exchange, antes de obtener el consentimiento informado del usuario, puedes ser sancionado fuertemente.

Cualquier producto o servicio gratis que ofrezcas para obtener clicks sobre publicidad de Google Adsense, debe cumplir con el reglamento de las cookies.

La LSSI lo deja muy claro:

Art. 38.3 LSSI  “Son infracciones graves:

i) El incumplimiento significativo de las obligaciones de información o de establecimiento de un procedimiento de rechazo del tratamiento de datos, establecidas en el apartado 2 del artículo 22.”

No hay servicios gratis, siempre pagas

Que el usuario no tengas que abonar una cantidad de dinero no significa que no esté pagando.

Desde el momento que la gratuidad está sujeta a una acción o contrasprestación  por parte de el usuario, estamos hablando de una transacción comercial y por ende, sujeta a la aplicación de las leyes que resultan aplicables a cualquier otra operación comercial al uso, como la LOPD y la LSSI.

¿Te lo habías planteado así?

Visto desde ese prisma comercial y siendo que el producto y servicio está sujeta a una acción por parte del usuario, el concepto gratis se diluye y deberás otorgar a esa transacción las mismas garantías que ofreces a cualquier producto o servicio de pago.

¿Esto qué significa?

Que deberás informar al usuario sobre los términos y condiciones legales relativos a ese producto o servicio gratis y cumplir los requisitos de la venta electrónica y de las exigencias de la LSSI-CE.

La LSSI-CE es la que regula las condiciones de la oferta y la contratación de productos y servicios por vía electrónica, incluyen todas las actividades previas que realices para conseguir ese objetivo, como el envío de comunicaciones comerciales, las promociones comerciales, las campañas de prospección y por supuesto todos los productos o servicios gratis que ofrezcas para promocionar o monetizar tu web.

Por tanto, si aplicas la LSSI tendrás que informar sobre aspectos como:

  • Derecho de devolución o desistimiento
  • Garantía
  • Condiciones para la adquisición
  • Características del producto o servicio
  • Etc

Servicios gratis y LOPD

No solo deberás aplicar y respetar la LSSI. Desde el momento en que tus productos o servicios gratis estén condicionados al requerimiento de información personal, debes cumplir con la LOPD forzosamente, por tanto, también deberás realizar una serie de adecuaciones imprescindibles como:

      1.  Inscripción de ficheros de datos en la AEPD

 Antes de recoger cualquier información o dato personal, lo primero que debes hacer es registrar los ficheros que contengan datos personales en la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).  

Un banner, un pop-up que introduzcas en tu web para poder descargar tu producto o servicio gratis y que requiera información del usuario como nombre y mail, deben ser notificados a la AEPD como te indico en este tutorial.

         2.  Informar

Para recoger información personal, antes debes informar al usuario convenientemente sobre tu identidad y de los usos previstos que vas a realizar de esos datos, quien es el responsable de su tratamiento, como pueden desistir de recibir tus comunicaciones, con quien puedes compartir sus datos.

Para eso debes preparar cláusulas informativas personalizadas que deberás incorporar a en todos los formularios de web que capturen datos personales como banners de descarga de contenido, pop app de captación de leads, etc.

Este principio incluye la información sobre cookies, ya que son elementos de captura de información personal.

        3.  Consentimiento y permiso

Si vas a utilizar esos datos capturados mediante  la oferta de productos o servicios gratis para mandar publicidad o incluirlo en tu lista de suscripción, deberás además de informar, pedir consentimiento con esos usos previstos.

Lo mismo si piensas compartir datos con terceros, y con mucha más razón, no se te ocurra capturar leads mediante estrategias gancho de productos o servicios gratis para luego venderlos o compartirlos con terceros sin advertir previamente al usuario de esta circunstancia, vamos, que se te car el pelo.

     4.  Permitir el ejercicio de derechos

Algo muy importante cuando se trata de datos personales que tú has capturado a cambio de productos o servicios gratis. Debes siempre informar y habilitar mecanismos para permitir a las todas las personas que te han facilitado sus datos para obtener ese  producto o servicio gratis,  ejercitar sus derechos ARCO..

    5.  Firmar Contratos de encargo de tratamiento

Con todos los que compartas información personal de usuarios capturados mediante productos o servicios gratis.

Para eso deberás disponer de contratos específicos con todas las personas o empresas que tengan  acceso a datos personales bajo tu responsabilidad o encargo de tratamiento en los casos pertinentes, en virtud del artículo 12 de la LOPD.

    6.  Sistemas de verificación.

Tienes que tener implantados  sistemas de validación de usuarios: En todos los sistemas de captura de información que vayas a incoporar para la descarga de productos o servicios gratis, deberás incorporar un mecanismo doble opt-in acredite la identidad del usuario y el deber de información  (art Nº 5) y tener redactada una  cláusula de solicitud de consentimiento para envío de información comercial o publicidad.

Ahora ya puedes preparar tu mejor gancho para ofrecer productos o servicios gratis con plenas garantías.

¿Cual es tu «regalo gratis»?

¿Estas legalizando tus servicios gratis?

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4 comentarios

  1. Marina, como siempre un post muy acertado y adecuado. Sonreía mientras lo leía porque me hace recordar la primera objeción que siempre me ponen «No, si yo no manejo datos!

    😉

    1. Hola Susana! es muy típico, las recurridas excusas de siempre, pero poco a poco se impondrá el marketing del respeto, ese en donde los listillos ya no cuelan y solo pueden triunfar las apuestas que sean compatibles con el derecho a no ser molestados y a ser tratados como seres pensantes.
      Un abrazo guapa!

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